viernes, 8 de enero de 2010

DIRECTRICES PARA LA PLANIFICACION DE LOS PUNTOS DE A.C

ESTAS DIRECTRICES HAN SIDO ENVIADAS AL SES,CON VISTAS A ORGANIZAR LAS PLANILLAS DEL AÑO 2010.
A todos los que vayais a trabajar en A.C, haceos respetar, y tener claro que no sois menos que nadie.
En la pagina de atencion continuada de AMERE lo podeis ver (PINCHAR AQUI)

Os dejo un resumen


A todos los profesionales del EAP, así como a los profesionales del EAC. Estos puntos son:

1.- La organización y funcionamiento de la AC de la zona de salud y, por tanto, de los TACs es responsabilidad del Coordinador del EAP, con la supervisión directa de la Gerencia del Area de Salud.

2.- Las planillas se elaboran con periodicidad semestral, aunque en algún caso se pueden elaborar de forma trimestral.

3.- La Gerencia del Area de Salud autorizará la planilla de los TACs correspondiente de la zona de salud, como mínimo, con 20 días de antelación a la fecha de inicio de vigencia de la misma.

4.- El personal nombrado para una zona de salud determinada realizará su jornada laboral en esa zona de salud. Sólo en caso de que sea necesario por cuestiones asistenciales y organizativas y, debidamente motivadas, podrá realizar parte de su jornada laboral fuera de la zona de salud.

5.- La jornada ordinaria del personal de la zona de salud es:

.- Médico y enfermero de EAP:de lunes a viernes, de 8 a 15 horas (35 horas/semana)

.- Médico y enfermero de EAC:138 horas efectivas al mes (1519 horas/año)

6.- La jornada complementaria del personal de la zona de salud es:

.- EAP: los TACs (turnos de atención continuada) que le correspondan según planilla(no existe jornada complementaria mínima)

.- EAC: las horas que excedan de la jornada ordinaria (138 horas efectivas/mes), que le correspondan según planilla (no existe jornada complementaria mínima)

7.- Con respecto a la jornada ordinaria, el tiempo no excederá de 12 horas ininterrumpidas; no obstante, mediante la programación funcional de los PACs, se podrán establecer jornadas de hasta 24 horas, por razones asistenciales y organizativas.

8.- Con respecto a la jornada complementaria y con el fin de garantizar la adecuada atención permanente al usuario en los PACs, el personal desarrollará dicha jornada en la forma que se establezca a través de la programación funcional del correspondiente centro sanitario.

9.- La duración máxima conjunta de los tiempos de trabajo correspondientes a la jornada complementaria y a la jornada ordinaria será de 48 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo semestral.

10.- De forma general, la elaboración de las planillas de los TACs de la zona de salud, se realizará de la siguiente manera:

.- Se asignará primero al personal de AC los TACs de 24 horas de los sábados, de los domingos y de los festivos y después los TACs de los días laborables hasta completar su jornada ordinaria establecida.

.- El resto de los TACs de la zona de salud que quedan sin cubrir (que se considerarán jornada complementaria), se repartirán de forma homogénea entre todo el personal del EAP y EAC .

Toda esta información está basada en la normativa vigente

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